
SANTO DOMINGO.– Tras más de tres años de debates en el Congreso Nacional, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que crea el Sistema Nacional de Alertas, una iniciativa que busca agilizar y coordinar la búsqueda de personas desaparecidas en la República Dominicana.
La pieza, ampliamente reclamada por diversos sectores de la sociedad civil, pasa ahora al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación u observación por parte del presidente Luis Abinader.
Búsqueda inmediata: se elimina la espera de 24 horas
Uno de los cambios más significativos de este nuevo marco legal es la eliminación del criterio burocrático de esperar un día para iniciar las labores de rastreo.
A partir de la entrada en vigencia de la ley, la Policía Nacional o el Ministerio Público (MP), tras evaluar la denuncia, podrán activar la alarma de manera inmediata, sin necesidad de que transcurran las primeras 24 horas desde la desaparición.
¿Cómo funcionará el protocolo de emergencia?
El proceso de respuesta rápida se articulará bajo la dirección de una comisión liderada por el Ministerio de Interior y Policía (MIP), y constará de los siguientes pasos:
- Registro: Inclusión inmediata del caso en una base de datos nacional con la información del desaparecido.
- Difusión Masiva: Publicación de fotografías y datos relevantes en medios radiales, televisivos, plataformas digitales, redes sociales, mensajería de texto, terminales de transporte y boletines policiales.
- Despliegue Operativo: Coordinación de operativos de búsqueda en puntos estratégicos como hospitales, aeropuertos, terminales terrestres y zonas fronterizas.
- Apoyo Internacional: Solicitud de asistencia a organismos extranjeros en caso de que existan indicios de que la persona fue trasladada fuera del país o que el caso esté ligado a redes de crimen transnacional.
Vigencia de la alerta: Las alertas públicas tendrán una duración inicial de cinco días. No obstante, las autoridades judiciales o policiales podrán extender este plazo por períodos idénticos cuantas veces sea necesario, siempre que las circunstancias del caso lo justifiquen.
Alertas específicas por vulnerabilidad
La nueva legislación clasifica las desapariciones en cuatro categorías para optimizar los recursos especializados de rescate:
- Alerta AmberRD: Diseñada exclusivamente para la localización e inmediata restitución de niños, niñas y adolescentes.
- Alerta Silver: Activada cuando la persona reportada como desaparecida sea mayor de 65 años.
- Alerta Azul: Aplicada a personas con algún tipo de discapacidad, déficit cognitivo o limitación en su participación social.
- Alerta Rosa: Orientada específicamente a casos que involucren la desaparición de mujeres.
Castigo a la negligencia oficial
El texto aprobado también introduce un régimen de consecuencias para evitar la inacción estatal. Los servidores públicos que, teniendo conocimiento formal sobre la desaparición de una persona, omitan informar o procesar el caso, se enfrentarán a sanciones severas que incluyen la destitución inmediata de su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que correspondan de acuerdo con las leyes vigentes.
